REGLAMENTO DE LA VUELTA POPULAR SAN SILVESTRE SALMANTINA 2009 2/2 |
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ARTÍCULO VIII
En la ficha de inscripción tendrá que constar obligatoriamente nombre y dos apellidos, DNI o NIE (en extranjeros no residentes, número de pasaporte), año de nacimiento y nacionalidad. Además, en caso de atletas federados, deberá constar el número de licencia federativa, el club al que pertenece y el nombre del representante, en caso de que lo tuviere.
ARTÍCULO IX
La Organización podrá solicitar a todo participante en el momento de realizar la inscripción o antes de recoger los premios la presentación del DNI, el NIE, el pasaporte individual, la licencia federativa o el Libro de Familia, en el caso de menores de 14 años, a fin de acreditar su identidad y fecha de nacimiento.
ARTÍCULO X
Se entregarán obsequios a todos los participantes que finalicen el recorrido y devuelvan el chip.
Tendrán derecho a trofeo los 5 primeros clasificados de cada categoría en los cuatro recorridos.
Se entregarán premios en metálico a los 10 primeros de la clasificación general en el recorrido D, tanto en categoría masculina como en femenina.
Así mismo, los 3 primeros clasificados españoles en categoría masculina y femenina del recorrido D recibirán premio en metálico, que será acumulable al de la clasificación general
Para optar a los trofeos y premios en metálico será obligatorio asistir a la entrega de trofeos que se celebrará a las 14 horas en el pabellón de los patios del Colegio San Estanislao de Kostka. Posteriormente no se entregará ningún trofeo.
Para poder tener derecho a los premios en metálico, todos los atletas deberán presentar la documentación que acredite tener los permisos correspondientes de su federación para poder participar en la prueba. En caso de no tener en el día de la prueba la citada documentación, el atleta tendrá un plazo de 15 días naturales para hacerla llegar a la Organización; transcurrido este tiempo se perderá el derecho a reclamar y percibir el premio en metálico que le correspondiera. En caso de duda con algún documento presentado, la Organización podrá retener el premio hasta confirmar con la RFEA. que la documentación es correcta.
A los atletas que tuvieran que pasar el control antidopaje, si lo hubiese, se les retendrá el premio metálico hasta recibir confirmación del resultado negativo del análisis.
ARTÍCULO XI
El pago de todos los premios se realizará durante los 30 días siguientes a la prueba mediante transferencia bancaria, salvo aquellos casos que estén pendientes de aportar documentación o de verificación de la misma. Para ello, el atleta deberá cumplimentar el impreso facilitado por la Organización y hacerlo llegar a la misma junto a la fotocopia del DNI, NIE, o pasaporte en los 15 días naturales siguientes a la celebración de la prueba.
Todos los premios en metálico estarán sujetos a las retenciones fiscales legalmente establecidas en el año en que se desarrolle la prueba.
ARTÍCULO XII
Serán descalificados automáticamente de la prueba todos los corredores que:
No cumplan con la normativa vigente de la RFEA; y, en su defecto, con la de la IAAF.
No faciliten la documentación que requiera la Organización para identificarles y comprobar la fecha de nacimiento.
A criterio del servicio médico de la prueba y del juez árbitro manifiesten un mal estado físico.
No realicen el recorrido completo en el tiempo establecido.
No corran con el dorsal original o alteren u oculten la publicidad del mismo.
No se coloquen el chip en la zapatilla o tobillo y no pasen por el punto de control establecido en línea de meta.
Lleven el dorsal o el chip adjudicado a otro corredor.
A sabiendas de su imposibilidad de participar en la prueba, proporcione datos erróneos o los omitan para poder hacerlo.
Se inscriban o participen en una categoría diferente a la que les corresponda por año de nacimiento.
Manifiesten comportamiento antideportivo o se reiteren en protestas ante la Organización al margen de lo estipulado en el articulado de este reglamento.
No atiendan las instrucciones de los jueces o personal de la Organización.
Entren en meta sin dorsal.
Accedan a la zona de salida de la carrera por distinto sitio al señalado por la Organización y/o no respeten la zona reservada para la salida de determinados atletas.
ARTÍCULO XIII
La Organización hará público a la finalización de la prueba los resultados oficiosos de los distintos recorridos. Una vez transcurrido el plazo para presentar reclamaciones, y resueltas las que fueran presentadas, la clasificación tendrá carácter de oficial y podrá consultarse en la página web de la Organización: www.sansilvestresalmantina.com
ARTÍCULO XIV
Todas las clasificaciones son competencia única y exclusivamente de los miembros del Comité de Jueces de la RFEA, por lo que cualquier reclamación sobre las mismas podrán presentarse, hasta treinta minutos después de publicados los resultados en el tablón de anuncios, en la secretaría habilitada por la Organización el día de la carrera al Juez Árbitro de la prueba y ajustándose a lo establecido por la RFEA, para tal fin. El participante que no se ajuste a este proceso podrá ser descalificado por aplicación del artículo XII del Reglamento de la prueba.
ARTÍCULO XV
Conforme a lo establecido por la RFEA, habrá un servicio médico y de ambulancia para la atención, si fuese necesario, de los corredores durante los cuatro recorridos de la prueba desde una hora antes del inicio de la prueba y hasta media hora después de finalizar la misma.
ARTÍCULO XVI
Todos los participantes oficialmente inscritos estarán cubiertos por una póliza de seguro de accidentes y otra de responsabilidad civil frente a terceros, concertadas por la Organización, que cubrirá los accidentes que se produzcan como consecuencia directa del desarrollo de la prueba, y nunca como derivación de un padecimiento o tara latente, lesión, imprudencia, negligencia, inobservancia de las leyes y del articulado del Reglamento, etc..., ni los producidos en los desplazamientos al y desde el lugar en que se desarrolle la carrera.
ARTÍCULO XVIII
La Organización se reserva el derecho de modificar el presente Reglamento, comunicando cualquier modificación a través de la página web de la Vuelta.
La Organización no asumirá ninguna responsabilidad si el evento se suspende o aplaza por razones de fuerza mayor.
ARTÍCULO XIX
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal, el C D Padre Basabe informa que todos los inscritos serán incluidos en una base de datos de titularidad, responsabilidad y uso exclusivamente de la Organización, que tomará las medidas necesarias para garantizar su seguridad y confidencialidad. De acuerdo con la mencionada Ley Orgánica, el participante podrá ejercer su derecho de acceso a estos ficheros con el objeto de rectificar o cancelar de forma parcial o total su contenido; para ejercer este derecho deberá solicitarlo por escrito al domicilio social del Club Deportivo Padre Basabe (C/ Príncipe de Vergara 6 Bj. 37003.-Salamanca).
ARTÍCULO XX
La participación en esta prueba supone el conocimiento y aceptación de este Reglamento.
Para todo lo no contemplado en este Reglamento se aplicará la normativa de la IAAF, de la Real Federación Española de Atletismo y de la Federación de Atletismo de Castilla y León.
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